Nacionalidad española

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La nacionalidad española es uno de los mayores deseos de muchas personas que buscan mejorar su calidad de vida y tener acceso a una serie de derechos y beneficios que solo se otorgan a los ciudadanos españoles.

Sin embargo, el proceso para obtenerla puede ser complejo y lleno de trámites y requisitos que pueden resultar difíciles de cumplir para algunas personas.

Te explicamos los distintos modos para adquirir la nacionalidad española, así como información importante sobre la pérdida y conservación de la misma.

Primeros requisitos

Para empezar, es importante mencionar que existen varios requisitos que debes cumplir para poder solicitar la nacionalidad española.

Algunos de ellos son: tener un permiso de residencia válido en España, haber residido en el país durante un tiempo determinado (generalmente 10 años). Tener un conocimiento básico del idioma español y pasar un examen de conocimientos de la Constitución y de la historia de España.

Una vez que cumples con estos requisitos, el siguiente paso es presentar la solicitud de nacionalidad en la Oficina de Extranjería más cercana a tu lugar de residencia. Es importante mencionar que el proceso puede ser largo y requerir de una gran cantidad de documentación. Incluyendo certificados de nacimiento, matrimonio, antecedentes penales, entre otros.

Aquí es donde entra en juego nuestra ayuda. Nosotros podemos brindarte asesoramiento y orientación en cada uno de los pasos del proceso, desde los requisitos hasta la presentación de la solicitud. Además, podemos ayudarte a recopilar y traducir toda la documentación necesaria, lo que te ahorrará tiempo y esfuerzo.

Nuestro equipo está compuesto por abogados especializados en derecho de extranjería y nacionalidad, quienes tienen un amplio conocimiento y experiencia en este tema. Te guiaremos en cada uno de los trámites y estaremos disponibles para responder todas tus preguntas y dudas.

¿Cómo se adquiere la nacionalidad española?

Los diferentes modos de adquisición son:

Son españoles de origen: 

  • Persona nacida de madre o padre español.
  •  La persona nacida en España, hijo de padres extranjeros (excepto los hijos de diplomáticos) si al menos uno de los padres ha nacido en España.
  • Aquellos que hayan nacido en España cuyos padres sean extranjeros, si los dos carecen de esta misma nacionalidad (apátridas), o si por la legislación de ninguno de los padres atribuye al hijo una específica nacionalidad. Si se da esto, se puede realizar un expediente en el Registro Civil de su actual domicilio para hacer la declaración de la nacionalidad española con un valor de simple presunción.
  • Los niños nacidos en España de padres desconocidos. Se cree que han nacido en España los menores cuyo primer lugar de residencia fue territorio español. 
  • Los niños menores de 18 años son adoptados por un español. Si el adoptante tiene más de 18 años, tiene la posibilidad de optar por la nacionalidad española por lugar de origen en el plazo de dos años desde la constitución de la adopción. 

Por posesión de estado

Quien posea y utilice esta nacionalidad de forma continuada y honesta (sin ser consciente de la situación real, es decir, no ser español en realidad) durante 10 años es un título inscrito en el Registro del Estatuto de Ciudadano.

La ciudadanía hispana no se perderá si se revoca el título inscrito en el Registro de Ciudadanía. Los solicitantes deberán mantener una actitud positiva respecto a la posesión y uso de la nacionalidad española.

Es decir, debes actuar como español tanto en el disfrute de tus derechos como en el cumplimiento de tus obligaciones relacionadas con los órganos del Estado español.

Por opción

La opción es una ventaja que nuestra ley ofrece a los extranjeros que cumplan determinadas condiciones para obtener la nacionalidad española. Por ejemplo obtener la nacionalidad española por nacimiento. Tienen derecho a naturalizarse en España de esta forma:

  • Personas que hayan sido o estén sujetos a la patria potestad de un español. Esta capacidad caduca cuando los interesados   cumplen 20 años. Sin embargo, a menos que la parte interesada sea menor de 18 años según la ley personal. En este caso, el plazo es de dos años a partir de la fecha en que se alcance la mayoría de edad.n
  • Padres que hayan nacido en España y hubieran sido españoles (padre, madre o ambos).
  • Personas nacidas en España después de los 18 años o determinados por su descendencia (lo que significa determinar quiénes son sus padres). En este caso, el período de selección de nacionalidad es de dos años a partir de la fecha de determinación de la filiación o fecha de nacimiento. 
  • Personas que han sido adoptadas por españoles después de la edad de los los 18 años. En este caso, la opción existe desde el final de la adopción hasta el final del período de dos años.

Por residencia

Para adquirirla se requiere que la persona haya residido en España durante diez años legalmente, de forma constante y previo a la solicitud. En ciertos casos el tiempo de habitación requerido se simplifica, como:

  • 5 años: se concede la nacionalidad española a los solicitantes de asilo.
  • 2 años: para los ciudadanos de países iberoamericanos, andorranos, filipinos, ecuatoguineanos, portugueses o personas de origen sefardí.
  • 1 año: Personas que han nacido en España

La persona que no haya ejercido debidamente su derecho a la ciudadanía de España por elección.

  • Persona sujeta a una tutela legal (bajo el cuidado de un tutor), un tutor o una familia de acogida (una familia de acogida que permite acortar la estancia legal a un año es una de las que tienen un decreto de autoridad pública, en cada territorio sobre la protección de menores y familias de acogida oficialmente reconocidas) un ciudadano español o una institución educativa durante dos años consecutivos, aunque se encontraran en esta condición en el momento de la solicitud.
  • La persona que, cuando vaya a hacer la solicitud, esté mínimamente un año casado con una persona de nacionalidad Española y legalmente no esté divorciado o de hecho..
  • Persona viuda de un Español, que en el instante del fallecimiento del cónyuge no estaba divorciado de manera judicial o de hecho.
  • La persona que ha nacido fuera de territorio Español pero su padre, madre, abuelo o abuela originariamente han sido españoles.

Por carta de naturaleza

La obtención de este formulario es graciable y no sigue las normas generales de los procedimientos administrativos. Tras una combinación de excepciones y valoraciones, el Real Decreto determina si está permitido o no a discreción del Gobierno. 

¿Cómo se pierde la nacionalidad española?

Los españoles serán privados de la nacionalidad cuando: 

  • Sean emancipados, actualmente estén residiendo en el extranjero y hayan adquirido otra nacionalidad de forma voluntaria. Puede evitar esta pérdida declarando su deseo de conservar la nacionalidad dentro de los tres años. La obtención de la nacionalidad en países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal no es suficiente para provocar la pérdida de la nacionalidad en España por este motivo. 
  • Están emancipados, viven en el extranjero y usan la nacionalidad asignada antes de la liberación exclusivamente durante tres años. Puede evitar esta pérdida declarando su deseo de conservar la ciudadanía dentro de los tres años. 
  • Españoles emancipados que posean otra nacionalidad, sigan residiendo en la actualidad en el extranjero y quieran renunciar a ella por voluntad propia. 
  • Los españoles nacidos en el extranjero, que lo son por haber nacido de padre o madre español/a nacido/a en el extranjero, si no declaran su voluntad dentro de los tres años de la liberación o de la mayoría de edad, no conservarán su nacionalidad española ya que no declararán esa voluntad.

Los españoles no hispanos de origen (por ejemplo, los que han adquirido la nacionalidad española por lugar de residencia) pierden la nacionalidad española si:

  • Después de adquirir la ciudadanía española, utiliza la ciudadanía que renunció cuando adquirió la española durante tres años. 
  • Si se unen voluntariamente al ejército o conservan su estatus político en el extranjero en oposición a la prohibición explícita del gobierno.
  • Si la condena establece que una persona implicada ha cometido dolo, encubrimiento o fraude en la adquisición de la nacionalidad española.

Lugar donde realizar la declaración de conservación

Las oficinas consulares de España en el extranjero realizan las funciones de Registro del Estado Civil.

¿Cómo se recupera?

En el caso de haberla perdido, cabe la posibilidad de recuperarla según el art.26 del Código Civil. Por ello, es imprescindible obedecer estos requisitos:

  • Los interesados ​​deben residir legalmente en España. Sin embargo, este requisito no se aplicará a los migrantes ni a sus hijos. Además, es posible que el Ministro de Justicia exima de este requisito en circunstancias excepcionales. (por ejemplo, los que se dedican a actividades benéficas en beneficio de asociaciones o de los intereses de España, Reglamento del Ministro de Justicia de 11 de julio de 1991, núm. BOE de 24 de julio de 1991).
  • El solicitante debe proclamar la voluntad de restablecer su nacionalidad española ante el Encargado del Registro Civil
  • La recuperación debe inscribirse en el Registro Civil.

¿Cuándo es necesaria la previa habilitación del Gobierno para recuperar la nacionalidad española?

Para su recuperación se requiere autorización gubernativa previa si ha sido extraviado por españoles de no origen y la pérdida se debe a alguna de las siguientes causas:

  • Una persona que utilice exclusivamente la nacionalidad anunciada para abandonar al adquirir la naturalización de España durante tres años. 
  •  Aquellos que se unen voluntariamente al ejército o tienen un estatus político en el extranjero resistidos a las prohibiciones explícitas del gobierno. 
  • Si un interesado es declarado implicado en dolo, encubrimiento o fraude en la adquisición de la nacionalidad española en sentencia firme.

Dónde exigir el restablecimiento de la ciudadanía española

La solicitud debe presentarse en función del estado de ciudadanía del lugar de residencia. El Consulado de España sirve como Registro Civil. 

Proceso de solicitud y requisitos generales

El procedimiento para solicitar la nacionalidad española es muy sencillo. Esto se puede dividir en los siguientes pasos:

  1. Inmediatamente anterior a la petición, prepara todos los documentos requeridos, incluida la realización de los exámenes requeridos (A2 y CCSE). 
  2. Presenta tu solicitud y resolución.
  3. Después de recibir una respuesta, debe prestar juramento ante el Rey de España y la Constitución. 
  4.  Puedes utilizar los documentos proporcionados en el paso 3 para ir a la comisaría local y finalmente conseguir allí tu pasaporte y DNI.
  5. Por último, necesitas solicitar el certificado correspondiente para poder verificar tu identidad en todas las organizaciones que te identifiquen con tu NIE.

Documentos necesarios para solicitar la ciudadanía

El primer paso es preparar toda la documentación. Tenga en cuenta que la documentación puede variar según el tipo que necesite, pero en general debe incluir:

  • Documentos identificativos: Pasaporte completo y NIE
  • Permiso de residencia en vigor. Esto significa que no puedes meterte en una situación inusual cuando realizas una solicitud. 
  • Antecedentes penales. Como se mencionó anteriormente, es importante que no haya un historial guardado. Sin embargo, aún puede obtener una resolución positiva incluso si tiene una pequeña grabación aislada. 
  • Certificado de nacimiento
  • Certificado de matrimonio (al solicitar la ciudadanía por matrimonio)
  • Padrón actualizado + el histórico de este
  • Si aprueba los dos exámenes obligatorios, DELE A2 y CCSE, recibirá un certificado que deberá adjuntar a su solicitud. 
  • Si desea darle a su hijo la ciudadanía por opción, adjunte su certificado de nacimiento
  • Documentos que acrediten que has pagado las tasas correspondientes (unos 100€)
  • Acreditación de la posesión de medios económicos suficientes

Pruebas de nacionalidad: DELE A2 y CCSE

Para conseguir el pasaporte Español, y por ende, ser ciudadano del país, tienes que aprobar 2 exámenes:

  • El examen de idioma DELE A2 básicamente demuestra que tienes un nivel de español suficientemente alto. Si eres de un país latinoamericano, no es necesario que realices este examen. 
  • CCSE, prueba cultural. Si has cursado la ESO o el Bachillerato en España, no es necesario que realices este examen. Esta es una prueba de opción múltiple de 45 minutos que principalmente hace preguntas sobre el Gobierno de España, las artes, la televisión, la cultura y la geografía del país. 

Ambos exámenes están patrocinados por el Instituto Cervantes. 

Es esta segunda prueba la que más asusta al candidato. Pero no debería. ¿Por qué? Esto se debe a que el Centro Cultural Cervantes publica todas las preguntas en línea (generalmente un total de 300 preguntas). De esta manera, es fácil practicar antes de todo, para que sepa qué esperar el día del examen. 

Además, si te equivocas, puedes empezar de nuevo. Hay tres oportunidades diferentes hasta que pagues la tasa de reinscripción (85 €).

Envío de la solicitud

Una vez que haya cumplido con todos los requisitos y completado los trámites administrativos, continuada e inmediatamente deberá enviar la solicitud a su autoridad competente. 

Para esto, tienes 2 opciones:

  • Puedes presentar los documentos directamente en la Oficina de Registro de Ciudadanos. 
  • Alternativamente, puedes hacerlo en línea de forma remota desde aquí. ¿Nuestra sugerencia? Hazlo electrónicamente. Te ahorra mucho tiempo (no tienes que hacer reserva) y lo resolverás mucho más rápido.  Si tienes dudas sobre cómo hacerlo consulta el contenido de la página web sobre el tema.
  • Para conocer el estado de la solicitud de nacionalidad, se puede acceder online a la consulta telemática de expedientes de nacionalidad española por residencia, en la página web del Ministerio de Justicia. 

¿Cuánto tarda?

Saber el tiempo que se tarda en obtener la ciudadanía española es un proceso complejo debido a muchos factores. Sin embargo, este proceso suele tardar un total de unos 2-3 años. Sin embargo, este es un truco muy útil que puede usarse para acelerar drásticamente el proceso. 

Dentro de un año de haber presentado la solicitud, el gobierno encontrará una solución legal (puede consultar mi estado en la plataforma).

 En esta fase, el expediente pasa por varias etapas.

Viajar fuera de España es totalmente posible desde la presentación de la solicitud hasta la recepción de la solución, pero siempre que se cumplan las dos condiciones descritas en este post (no perderás tu lugar de residencia y llegarás al tiempo acordado para la cita de jura).

Después de este período, puedes comenzar a acelerar el proceso. 

¿Por qué? Si no recibe respuesta después de 12 meses, significa que su solicitud ha sido rechazada por silencio regulatorio. Sin embargo, no hay motivo para esta negativa, por lo que puede solicitar una reconsideración.

Después de emitir la apelación, recibirá una respuesta en un plazo de 3 a 4 meses. Además, si realizas un juramento al mismo tiempo que tu apelación, puedes obtener la ciudadanía española en solo un año y medio.

Recuerda que puedes solicitar una reserva de juramento no solo frente a la Oficina de Registro de Ciudadanos sino también frente a un notario público. Esto puede acelerar el proceso si se encuentra en una gran ciudad donde el registro está muy saturado y tardará meses en poder darte una cita.

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Si crees que es demasiada información y te gustaría simplificar el proceso, no debes preocuparte, nuestro equipo de abogados internacionales en España está aquí para ayudarte.

Gestionaremos todo el proceso de solicitud por ti: determinando cuál es el mejor camino a seguir, consiguiendo toda la documentación e información concreta que necesitarás para que tu solicitud sea aprobada; además de completando y enviando todos los papeles. ¡Sólo tendrás que firmar!

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