El contrainforme pericial psicológico

contrainforme

El contrainforme es un informe que emite un perito psicólogo, solicitado por una parte en un proceso judicial o por su abogado. 

Este informe puede ser solicitado cuando la parte siente que el informe previo no está actuando de forma beneficiaria hacia sus intereses, y requiere uno nuevo. También existe el caso en que el Juez encuentre algunas discrepancias o errores y solicite un nuevo informe para resolver las cuestiones.

Sirve para valorar otro informe psicológico realizado previamente. Esto se hace para analizar los errores metodológicos, analizar los datos y extraer conclusiones forenses. Se analizan de manera detallada los datos que se han obtenido y sus respectivas conclusiones, detectando el mayor número de errores para impugnar el informe pericial psicológico original.

A petición de una de las partes se evaluarán los informes necesarios para realizar uno nuevo, o se confirmarán los ya existentes si es pertinente.

El Colegio Oficial de Psicólogos mencionó algunos aspectos éticos que deben considerarse en los contrainformes, tales como:

  • Independencia. Artículo 16.
  • Imparcialidad. Artículo 15, artículo 24.
  • Solidez / Fundamentación. Artículo 16, artículo 29 y artículo 48
  • Respeto. Artículo 22
  • Confidencialidad / Consentimiento. Artículo 40, artículo 41, artículo 43

No se trata de desechar o condenar el contrainforme: ha de estar sometido a la crítica y a la revisión de manera fundada, con unos límites y condiciones deontológicas para que sea éticamente admisible.

El segundo informe incluye los resultados del primer informe y añade otros datos o conclusiones alternativas. Son herramientas que todo abogado puede considerar ya que ofrecen una perspectiva al informe remitido por el equipo psicológico del juzgado y puede ayudar para quitar los datos y conclusiones que no eran sólidos en el informe psicológico original.

De ninguna manera en el contrainforme se ha de hablar de personas físicas ni casos particulares, ni tampoco se ha de incluir ningún dato que no haya sido previamente evaluado por el autor del contrainforme. Y el psicólogo que va a realizar el contrainforme, debe comprobar que la persona a la que se refiere el informe autoriza el acceso a los datos personales reflejando su consentimiento en el mismo.

Es una valoración de un acto sobre unos hechos, no es una crítica hacia el profesional pero se cuestionan las técnicas o instrumentos, siendo respaldado con citas y sin aparecer opiniones o afirmaciones sin una sustentación científica.

Los errores más comunes en el contrainforme pericial psicológico son:

  1. Errores en la definición
  • Ambigüedad en el objeto de la pericia: debe de contestar las preguntas de para qué se solicita, es decir, su finalidad, el peticionario (quién lo está solicitando), el objeto pericial (que se solicita) Estos puntos han de ser respondidos y precisos.
  • Emplear términos legales: no incluir terminología jurídica en el dictamen psicológico forense.
  1. Errores en la metodología del contrainforme
  • No ser neutral. Hay que poner conclusiones, y estas han de estar apoyadas en datos objetivos y contrastados. 
  • Formular preguntas sugestionables. Si las preguntas que hacemos en las entrevistas son cerradas o no son del carácter que se requiere, va a comprometer a la validez y a la fiabilidad.
  • No contrastar información: toda la información que recaudamos en las entrevistas ha de ser contrastado mediante otras fuentes (p.ej: entrevistas)
  • Evaluación demasiado larga.
  • Pruebas psicométricas poco fiables. Se ha de ser consciente del tipo de herramientas que vamos a aplicar: instrumentos estandarizados con una evidencia científica con fiabilidad y validez.
  1. Errores en la interpretación del contrainforme
  • No integrar los resultados obtenidos: no se debe de tener en cuenta los datos de forma aislada, sino agrupar toda la información y buscar la congruencia en su conjunto.
  • Exponer opiniones personales, inferencias… Toda esta información es subjetiva, y por tanto, carece de apoyo empírico.
  1. Errores en las conclusiones
  • No argumentar las conclusiones: es importante llegar a las conclusiones, pero explicarlas también. 
  • Obviar el objeto pericial: el objeto pone de manifiesto preguntas que se irán desarrollando a lo largo del informe así que las conclusiones van a dar las respuestas de las preguntas planteadas al empezar el informe.

El proceso adecuado para realizar un contrainforme psicológico sería:

  1. Contacto inicial con la parte y su abogado
  2. Estudio de la viabilidad del contrainforme
  3. Proceso de la evaluación
  4. Redacción del informe
  5. Puesta en común
  6. Ratificación

Estructura general de los contrainformes periciales psicológicos:

  • Análisis de los aspectos generales: estructura, adecuación del profesional, conclusiones relacionadas con la pregunta pericial…
  • Análisis de la metodología: adecuación de las pruebas, posibles coordinaciones con otros especialistas…
  • Análisis descriptivo del informe: nivel de detalles, detección de información contradictoria…
  • Análisis de los resultados del informe:redacción en el informe de todos los resultados de las pruebas utilizadas, correcta interpretación, aspectos relevantes…
  •  Análisis de la interrogación: triangulación de los resultados, incoherencias entre distintas pruebas, relación de los resultados con la documentación, antecedentes…
  • Conclusiones: dar respuesta al objetivo del contrainforme, dejar claro que el contrainforme no es una crítica al profesional sino una revisión metodológica del mismo.

El contrainforme pericial psicológico en la custodia de menores

En cuanto a la custodia, esta responde al concepto de implicación de crianza de los hijos y la corresponsabilidad parental. Para evaluar la idoneidad de los progenitores para la custodia del menor, se tendrán que evaluar varios factores para garantizar un bienestar para los hijos. 

El dictamen puede ser emitido por un perito acordado por ambas partes, pero generalmente en procesos sobre custodia, el juez es quien designa a un perito psicólogo de oficio.

¿Quién puede realizar el contrainforme pericial psicológico?

El contrainforme pericial psicológico puede ser realizado por un profesional de la psicología que tenga experiencia en la evaluación psicológica y forense. En general, este profesional debe tener conocimientos y habilidades en el ámbito jurídico y forense, así como experiencia en la realización de evaluaciones psicológicas en el contexto de los procesos legales.

En algunos países, la ley establece los requisitos que deben cumplir los profesionales que realizan evaluaciones periciales en el ámbito judicial. Por ejemplo, en España, la ley establece que solo pueden realizar informes periciales aquellos profesionales que estén inscritos en el Registro de Peritos Judiciales de su respectivo colegio profesional y que cumplan con ciertos requisitos de formación y experiencia en el ámbito judicial.

Es importante que el profesional que realice el contrainforme pericial psicológico sea objetivo e imparcial en su evaluación y que cumpla con los estándares éticos y profesionales en su práctica. También es importante que tenga experiencia y conocimientos en el área específica del caso en cuestión para poder evaluar adecuadamente los datos y las pruebas disponibles y realizar una evaluación exhaustiva y precisa.

¿En que casos es recomendable realizar un contrainforme pericial psicológico?

Algunas situaciones en las que podría ser recomendable realizar un contrainforme pericial psicológico son:

  • Cuando las conclusiones del informe pericial previo no son claras o están mal fundamentadas.
  • Cuando existe una discrepancia entre las conclusiones del informe pericial previo y los datos y pruebas disponibles.
  • Cuando se cuestiona la imparcialidad o la competencia del profesional que realizó el informe pericial previo.
  • Cuando una de las partes involucradas en el proceso judicial no está de acuerdo con las conclusiones del informe pericial previo y desea presentar pruebas adicionales.

¿En qué se diferencia un contrainforme pericial psicológico de un informe pericial psicológico?

Un informe pericial psicológico es un documento elaborado por un psicólogo forense en el que se expone su opinión y conclusiones sobre un caso concreto en el que se solicita su intervención. Este informe puede ser utilizado como prueba en un juicio o proceso legal y puede tener un gran impacto en la resolución del caso.

Por otro lado, el contrainforme pericial psicológico es un informe elaborado por otro psicólogo forense que tiene como objetivo cuestionar, analizar y evaluar el informe pericial psicológico previo realizado por otro profesional. Es decir, el contrainforme se realiza en respuesta a un informe previo, para cuestionar, contrastar o ampliar los hallazgos y conclusiones del informe original.

La principal diferencia entre ambos informes radica en su objetivo y en el momento en que se realizan.

Es importante destacar que, aunque el objetivo del contrainforme pericial psicológico es cuestionar un informe previo, también debe seguir los mismos estándares de calidad y rigor científico que se requieren para elaborar un informe pericial psicológico original.

¿Cómo puede afectar un contrainforme pericial psicológico en el resultado de un juicio o procedimiento legal?

El impacto de un contrainforme pericial psicológico en el resultado de un juicio o procedimiento legal depende de varios factores, como la calidad y el rigor científico del informe, la competencia y credibilidad del psicólogo forense que lo elabora y la relevancia y peso de la evaluación psicológica en el caso.

Si el contrainforme pericial psicológico es elaborado por un profesional competente e imparcial, que ofrece una evaluación clara, precisa y fundamentada de las cuestiones psicológicas del caso, puede tener un impacto significativo en el resultado del proceso legal. Esto es especialmente cierto cuando el informe pericial psicológico previo es cuestionado por una de las partes involucradas en el proceso o por el propio juez o fiscal.

El contrainforme pericial psicológico puede proporcionar una evaluación más completa y objetiva de las cuestiones psicológicas relevantes en el caso, lo que puede ayudar a aclarar las dudas y contradicciones en el informe pericial original y aportar nuevas pruebas e interpretaciones. Esto puede influir en la decisión final del juez o del tribunal y mejorar la calidad de la resolución del caso.

Es importante tener en cuenta que un contrainforme pericial psicológico también puede ser cuestionado por la parte contraria y, en algunos casos, puede generar más controversia y confusión en el caso.

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