Publicación de imágenes sin consentimiento

fotos sin consentimiento

Publicación de fotos o imágenes sin consentimiento

Las fotos y los vídeos tienen la consideración de dato personal. La publicación de fotos y vídeos sin consentimiento está prohibida por Ley.

Publicar imágenes sin consentimiento en concreto se trata de un delito contra la intimidad. Será considerado el mismo delito en el caso de publicación de cualquier dato personal de una persona sin su consentimiento (correo electrónico, dirección, vídeo, etc.).

La pena establecida para este delito es de penas de prisión de uno a cuatro años y multa de doce a veinticuatro meses.

¿Cómo puedo intentar evitar las fotos sin consentimiento?

Publicar imágenes o vídeos de una persona sin su consentimiento puede ser considerado un delito y puede ser sancionado por la ley de protección de datos personales. Esta práctica puede tener graves consecuencias para la privacidad y la reputación de la persona afectada.

Cuando se publican imágenes o vídeos sin el consentimiento de la persona afectada, se pueden vulnerar sus derechos a la privacidad y a la protección de sus datos personales. Además, esta práctica puede ser considerada como acoso, ya que puede causar un gran sufrimiento emocional y psicológico en la persona afectada.

Es importante destacar que la publicación de imágenes o vídeos sin consentimiento puede tener consecuencias penales y civiles para el autor o autora de la publicación. En casos graves, la persona afectada puede solicitar una orden de alejamiento o incluso presentar una demanda por daños y perjuicios.

Para evitar la publicación de imágenes o vídeos sin consentimiento, es importante seguir algunas recomendaciones, como no compartir imágenes o vídeos comprometedores o íntimos con otras personas, evitar publicar imágenes o vídeos de otras personas en redes sociales sin su consentimiento y denunciar cualquier tipo de acoso o abuso en las redes sociales.

Resumiendo todo lo anterior, publicar imágenes o vídeos sin consentimiento es una práctica ilegal que puede tener graves consecuencias legales, psicológicas y emocionales para la persona afectada. Es importante tomar medidas para proteger la privacidad y los derechos de las personas y denunciar cualquier tipo de acoso o violación de los derechos de privacidad en las redes sociales.

¿Qué ocurre al difundir fotos sin consentimiento?

Al publicar fotos sin consentimiento se está incurriendo en una vulneración del derecho a la intimidad de una persona. 

Incluso, si las imágenes le comprometen en algún sentido, podrían menoscabar su derecho al honor y a la propia imagen.

Las sanciones por utilizar la imagen de otros sin permiso puede variar. Se calcula en función de la extensión de la infracción en el tiempo, el volumen de imágenes difundidas o el beneficio obtenido.

Si además la foto o vídeo van a acompañados de cualquier expresión grave que lesione la dignidad de la persona podrá ser constitutivo de delito de injurias (artículos 208 y 209 del Código Penal).

Esto es incluso de un delito de descubrimiento y revelación de secretos en determinados casos.

Cabe decir que hay ciertos casos en los que no se necesita consentimiento para difundir una imagen.
  • Si aparecen cargos públicos ejerciendo sus funciones.
  • Las caricaturas relativas a dichos cargos públicos.
  • Cuando las imágenes son difundidas por causas legales o jurídicas.
  • Si las imágenes de las personas son accesorias o irrelevantes.
Por otro lado, está la vertiente de los derechos de autor.

Es decir, la difusión de una imagen sin consentimiento del autor de la obra. 

En este caso, para saber si se puede usar dicha imagen es necesario conocer los derechos de uso sobre ella. Existen diferentes casos:

  • Imágenes con copyright: tienen todos los derechos reservados y solo se pueden usar con consentimiento expreso del autor.
  • Licencias Creative Commons: permiten el uso de la obra bajo ciertas condiciones, por ejemplo citar al autor original.
  • Imágenes sin copyright: no pertenecen a nadie y se pueden usar libremente.

Los derechos de imagen de una fotografía o de cualquier obra pertenecen a su creador por el mero hecho de crearla. 

Pero, para poder contar con pruebas sólidas en un juicio es necesario registrarla como propiedad intelectual.

Publicar fotos de niños sin el consentimiento

La Ley del Menor en España hace especial hincapié en la protección de los menores de edad. La publicación o difusión de menores en los medios de comunicación está prohibida siempre que menoscabe sus reputación o intereses, incluso cuando existe consentimiento del propio menor o de sus padres o representantes legales.

Los encargados de otorgar consentimiento para la difusión de imágenes de menores de 14 años deben ser los padres o tutores legales. Los mayores de 14 años pueden prestar consentimiento siempre y cuando demuestren comprensión y voluntariedad en el acto y estén en pleno uso de sus facultades.

La protección de los datos de menores de edad es fundamental ya que son un grupo social vulnerable. Cualquiera que desee utilizar la imagen de un menor debe obtener consentimiento de los padres, incluyendo aficionados a la fotografía, profesionales o asociaciones como la AMPA.

El derecho a la imagen:

El derecho a la imagen y la privacidad es un derecho fundamental reconocido en muchas legislaciones nacionales e internacionales. Este derecho se refiere a la protección de la imagen y la vida privada de las personas, garantizando su control sobre la divulgación y publicación de su imagen y la preservación de su intimidad. A continuación, se desarrollan aspectos clave sobre el derecho a la imagen y la privacidad:

  1. Definición del derecho a la imagen y la privacidad: El derecho a la imagen se refiere al derecho de una persona a controlar el uso y la difusión de su imagen física, es decir, su apariencia visual reconocible. Por otro lado, el derecho a la privacidad implica el derecho a mantener aspectos de la vida personal fuera del escrutinio público y a decidir qué información o hechos pueden ser conocidos por otros.
  2. Protección legal del derecho a la imagen y la privacidad:La protección del derecho a la imagen y la privacidad puede variar según el país y su legislación específica. En muchos casos, estos derechos están protegidos por leyes de protección de datos personales, leyes de propiedad intelectual, leyes de derechos de autor, y en algunos casos, por la Constitución del país y declaraciones internacionales de derechos humanos.
  3. Ámbito de protección del derecho a la imagen y la privacidad: El derecho a la imagen y la privacidad protege tanto la imagen física de una persona (fotografía, vídeo, representación gráfica) como la esfera de su vida privada. Esto puede incluir aspectos como la divulgación de imágenes íntimas sin consentimiento, la vigilancia no autorizada, la difamación, el acoso o la intrusión en la vida privada.
  4. Consentimiento informado: El consentimiento informado es un elemento clave para el ejercicio adecuado del derecho a la imagen y la privacidad. Implica que una persona debe dar su consentimiento explícito y libremente otorgado para la divulgación o publicación de su imagen o información privada. El consentimiento debe ser informado, es decir, la persona debe comprender plenamente el propósito y alcance de la divulgación y tener la capacidad de tomar una decisión informada.
  5. Excepciones y límites al derecho a la imagen y la privacidad: Aunque el derecho a la imagen y la privacidad es fundamental, existen ciertas situaciones en las que este derecho puede estar limitado. Algunas de las excepciones comunes incluyen el interés público, la libertad de expresión, el ejercicio del periodismo y la protección de otros derechos fundamentales.
  6. Responsabilidad y medidas legales: Cuando se viola el derecho a la imagen y la privacidad, pueden existir medidas legales para proteger a la persona afectada. Esto puede incluir acciones legales como demandas por daños y perjuicios, solicitudes de cese y retirada de contenido, y en algunos casos, acciones penales por delitos relacionados con la privacidad.
Es importante tener en cuenta que el alcance y la protección del derecho a la imagen y la privacidad pueden variar según la jurisdicción y las leyes aplicables. Por lo tanto, es fundamental consultar la legislación específica de cada país para comprender completamente los derechos y protecciones en relación con la imagen y la privacidad de las personas.

Daños y conseqüencias para la Víctima

Cuando se produce una violación del derecho a la imagen y la privacidad, las víctimas pueden experimentar diversos daños y consecuencias negativas. Estas repercusiones pueden afectar tanto su bienestar emocional y psicológico como su reputación y relaciones personales. 
    • Violación de la intimidad: La divulgación no autorizada de imágenes o información privada puede violar la intimidad de las víctimas, invadiendo su espacio personal y afectando su sensación de seguridad y control sobre su propia vida.
    • Deterioro emocional y psicológico: Las víctimas pueden experimentar una variedad de problemas emocionales y psicológicos como resultado de la violación de su derecho a la imagen y la privacidad. Estos pueden incluir ansiedad, depresión, estrés postraumático, sentimientos de vergüenza, culpa, humillación, baja autoestima y trastornos del sueño.
    • Daño a la reputación: La publicación no autorizada de imágenes o información privada puede dañar la reputación de las víctimas, especialmente si el contenido es perjudicial, comprometedor o difamatorio. Esto puede tener consecuencias negativas en su vida personal y profesional, incluyendo la pérdida de oportunidades laborales, estigmatización social y discriminación.
  • Impacto en las relaciones personales: La violaicón del derecho a la imagen y la privacidad puede afectar las relaciones personales de las víctimas. Puede causar conflictos familiares, rupturas de amistades o relaciones sentimentales, y dificultades para confiar en los demás. Además, las víctimas pueden experimentar aislamiento social y dificultades para interactuar con los demás debido al temor a futuras violaciones de su privacidad.
  • Riesgo de ciberacoso y acoso: en algunos casos, las publicaciones no autorizadas de imágenes o información privada puede llevar al ciberacoso y al acoso en línea. Las víctimas pueden enfrentar hostigamiento, insultos, amenazas y difamación continuada en plataformas digitales, lo que puede tener un impacto devastador en su bienestar y seguridad.
  • Pérdida de confianza y seguridad: La violación del derecho a la imagen y la privacidad puede hacer que las víctimas pierdan la confianza en sí mismas y en los demás. Pueden sentirse vulnerables y temerosas de nuevas violaciones de su privacidad, lo que afecta su capacidad para desenvolverse en la vida cotidiana y disfrutar de su entorno.
Es importante destacar que los daños y las consecuencias pueden variar según la gravedad de la violación y las circunstancias individuales de cada caso. Cada persona reacciona de manera diferente y puede requerir apoyo emocional, legal y psicológico para hacer frente a las repercusiones de la violación de su derecho a la imagen y la privacidad.

Prevalencia de la difusión de fotos y videos sin consentimiento:

La difusión de imágenes y videos sin consentimiento es un fenómeno preocupante que afecta a personas de todas las edades en España, incluyendo a menores, adolescentes y adultos. Aunque es difícil obtener datos exactos sobre la prevalencia de este problema debido a la falta de denuncias y al carácter oculto de muchas situaciones, se han realizado estudios y encuestas que arrojan cierta luz sobre el tema. 
  • Menores de edad: según el informe Anual de la Fiscalía General del Estado de 2019, se registraron más de 300 casos de difusión de imágenes y videos de contenido sexual de menores sin su consentimiento en ese año en España. 
  • Adolescentes y jóvenes adultos:  Un estudio realizado por el Instituto Nacional de Ciberseguridad de España (INCIBE) en 2020 encontró que el 13% de los jóvenes entre 14 y 29 años habían sido víctimas de la difusión de imágenes o videos de contenido sexual sin su consentimiento. 
  • Adultos: Según el Ministerio del Interior de España, en 2019 se registraron más de 1.300 denuncias por delitos de revelación de secretos y descubrimiento y revelación de secretos de carácter personal y familiar, que incluyen la difusión de imágenes y videos sin consentimiento.

Estos datos muestran que la difusión de imágenes y vídeos sin consentimiento es una realidad preocupante en España, que afecta a personas de todas las edades. Sin embargo, es importante tener en cuenta que muchas víctimas no denuncian estos delitos por miedo, vergüenza o falta de confianza en el sistema legal. Por lo tanto, la prevalencia real del problema podría ser aún mayor.

El consentimiento para publicar fotos en internet

Es necesario tener precaución a la hora de publicar imágenes en Internet, sean fotografías o vídeos, si en ellas aparecen personas que no hayan dado previamente un consentimiento para estar en la red.

Sobre este tema hace referencia la LOPD, ya que las fotografías de una persona son también datos de carácter personal y no pueden ser publicadas en ningún medio sin un consentimiento previo y expreso de la persona afectada. Esto se aplica a cualquier actividad empresarial o profesional que trate con fotografías de sus clientes, asociados, etc.

Consentimiento en la publicación en redes sociales

Con respecto a los delitos cometidos en redes sociales tendremos que tener en cuenta que tan solo por el medio en el se producen (red social) conlleva una mayor publicidad, es decir, que puede llegar a un número muy numeroso de personas y por tanto el daño producido será siempre mayor. Y por tanto, la responsabilidad del que comete el delito con respecto a la víctima será también siempre mayor.

Conviene por tanto recordar, que no podemos comportarnos en una red social, como si estuviéramos en un grupo de amigos y hay que saber que cualquier comentario realizado en una red social puede ser como si estuviéramos publicándolo en un periódico o en televisión.

Cuando se trata de fotografías de las cuales conocemos su origen o su autor, como puede ser un familiar, un amigo o un conocido, la LOPD considera esa actuación como “uso doméstico”. Habitualmente es lo que sucede en las distintas redes sociales, la finalidad de esas imágenes no es otra que el uso estrictamente personal.

No obstante, existen excepciones en las que no se califica uso doméstico:
  • Cuando la página o perfil en la red social es utilizada como empresa.
  • Si un perfil es público y cualquier persona que forme parte de esa red social puede acceder a ese perfil sin ninguna restricción ni contenido privado.
  • Cuando el perfil o página de esa red social revele datos muy personales al haber  “seguido” o “añadido como amigo” al mismo.

Consentimiento en menores de edad

Por regla general se debe pedir el consentimiento para el uso de esos datos a su representante o tutor legal si el menor no ha cumplido los 14 años o está incapacitado. 

Para el resto, hasta los 18 años, el consentimiento lo podrán dar ellos mismos, siempre y cuando sea libre, inequívoco e informado, con un lenguaje comprensible para ellos.

Por supuesto, este consentimiento ha de ser por escrito, no dando valor a ningún acuerdo o permiso verbal.

No cumplir con este requerimiento supone infringir el Artículo 6.1 de la LOPDGDD, e implica duras sanciones económicas para quien lo vulnera.

Cómo puedo denunciar por grabar vídeo sin mi consentimiento

Hay varias opciones para reclamar el empleo de tu imagen sin consentimiento. Una de ellas es acudir directamente a la persona que está un uso indebido de las grabaciones y solicitarle que cese en su actividad.

En caso de que la difusión no cese, lo mejor poner una denuncia por grabar video sin consentimiento. Para ello debes acudir al departamento de delitos telemáticos de la Policía, interponer una demanda y enfrentarte al consecuente procedimiento judicial. 

Se puede pedir indemnización, la cual varía en función del grado de difusión o de los daños morales provocados (por ejemplo, si las imágenes están modificadas o incurren en injurias o calumnias).

Para denunciar la grabación o difusión de vídeo sin tu consentimiento, es necesario que seas reconocible. La reclamación no saldrá adelante si apareces con la cara tapada o difuminada, salvo que haya otra marca (un tatuaje, por ejemplo) que permita a la gente de tu entorno reconocerte de forma inequívoca.

También puedes poner una denuncia LOPD en la Agencia Española de Protección de datos, si consideras que la grabación supone un tratamiento ilícito de tu información personal.

En cualquier caso, si tienes dudas acerca del alcance de estos temas relativos al derecho a la intimidad y crees que pudiera verse afectado en alguna medida, habiendo sido víctima de estas prácticas, no dudes en ponerte en contacto y consulta con nuestros profesionales.

naiara alonso
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